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El dictamen de que si las mujeres pueden conducir, pertenece a los dictámenes que para explicarlo deberán utilizarse otras leyes y fundamentos. Es decir en el Libro y la tradición no existe un dictamen directo para si las mujeres pueden conducir o no, ya que es uno de los asuntos contemporáneos. Los sabios de Arabia que dictaminaron su prohibición presentaron razones que todas éstas son posibles de discutir, y no son aceptadas por la razón. Pero todos los sabios shi’ítas, basándose en las aleyas y narraciones, y la falta de existencia de una razón para su prohibición, dictaminaron su permiso mientras se respete el vestido y los asuntos islámico. Al igual que algunos sabios de la Escuela Sunna en otros países árabes islámicos dieron el permiso para que las mujeres conduzcan.
En ocasiones en la sociedad se presentan nuevos asuntos que en la ley islámica no fue determinado ningún dictamen para estos, y ese dictamen habrá que obtenerlo a través de la deducción, es decir utilizando otras leyes y fundamentos. El dictamen de que la mujer pueda conducir pertenece a este grupo que su dictamen se obtiene a través de la deducción.
Lo sabios de Arabia que dictaminaron la prohibición de que las mujeres conduzcan presentaron razones que todas estas pueden ser discutidas, y no son aceptadas por la razón.
En un dictamen de ‘Abdul ‘Azîz ‘Abdul.lah Ibn Bâz respecto al dictamen de si las mujeres pueden conducir dijo: “No hay duda de que no es permitido, puesto que cuando las mujeres conduce se crea una gran corrupción que por ley religiosa habrá que evitarla”.[1] Así también Muhammad Ibn Sâlih Al-‘Azîmî a este respecto dijo: “No es permitido puesto que ocasiona gran corrupción”.[2] Ibn Sâlih Al-‘Azîmî considera a la razón de la prohibición de que las mujeres conduzcan como derivación de algunas corrupciones que según él son resultado de este acto. El consideró como ejemplos de esa corrupción a: quitarse el velo, terminar con el pudor, que la mujer salga de casa en demasía, se rebele ante su familia o su esposo, el incremento de tráfico así como la prohibición de que algunos jóvenes puedan conducir[3],.
Tal y como puede observarse para que las mujeres conduzcan supuso y consideró algunos asuntos definitivos y dictaminó la prohibición de este asunto. Pero la pregunta es esta que ¿acaso este asunto incluye a las mujeres musulmanas y creyentes que desean conducir? Y ¿acaso no es posible que las mujeres conduzcan sin que ocurra ninguno de estos asuntos desagradables?
En la sociedad islámica de Irán hace años que muchas de las mujeres creyentes y musulmanas manejan sin que se haya presentado inclusive uno de estos caso. Es decir en la práctica se ha comprobado que la mujer musulmana puede manejar mientras guarda su pudor, dignidad y vestido islámico, sin provocar tampoco corrupción. Parece ser que los juristas de Arabia mezclaron los diversos asuntos. ¿Acaso es prohibido salir demasiado de casa con el permiso del esposo y respetando los asuntos islámicos? ¿Acaso el que la mujer conduzca provoca que se rebele? ¿Cómo es esto posible? En efecto, es posible que en un caso o en algunos, las mujeres que conducen sean rebeldes, pero no siempre sucede así. Estas no son razones que puedan ser discutidas respecto a las mujeres creyentes, que visten islámicamente y que respetan todas las medidas religiosas. ¿Acaso el tráfico en las calles es prohibido y puede ser causa de la prohibición de que las mujeres conduzcan? Si se comprueba que los hombres provocan el tráfico en las calles ¿aún así es prohibido o deberá prohibírseles legalmente a los hombres también manejar? Y ¿acaso en las ciudades pequeñas y los pueblos en donde las calles están vacías, tiene inconveniente que las mujeres manejen?
Debemos agregar que aquello que realizan algunos países no es un ejemplo del Islam, es decir, no puede decirse que si tal país (islámico) lo considera permisible entonces sin duda desde la opinión del Islam es permitido, o si lo prohíbe desde la opinión del Islam es prohibido. El permiso o prohibición de algo necesita de una razón legal crediticia.
Los juristas shi’ítas tomando en cuenta que nadie, desde la perspectiva del Islam, tiene derecho sin un motivo crediticio legal de prohibir algo permitido ni de permitir algo prohibido, y así también en caso de que se dude que algo es prohibido, debemos considerarlo como permitido (principio de la permisibilidad) dictaminaron que no tiene inconveniente el que las mujeres conduzcan con la protección total del vestido y los asuntos islámicos.[4] Vemos como las mujeres creyentes y con pudor de Irán, muchas de ellas conducen sin ningún problema y respetando los asuntos islámicos. Claro está fuera de Irán en muchos de los países árabes islámicos de la región es permitido que las mujeres conduzcan, y un grupo de sus sabios no rechazaron el dictamen de los sabios sauditas y lo criticaron.[5]
[1]– Dr. Muslih Ibn ‘Abdul Haîî Al-Naÿâr (Profesor de la Universidad de Riad), Al-Adlah Al-Mujtalif fiha ‘inda Al-Usûlîn wa tatbiqâtha Al-Mu’âsirah, p.144; ‘Abdul.lah Ibn ‘Abdul Rahmân, Fawâ’id wa Fatâwî, p.164; Jâlid Al-Ÿarîsî, Fatâwî Al-Mar’ah, p.8.
[2]– Ídem, p.147.
[3]– Ídem.
[4]– Taudîh Al-Masâ’il Al-Marâÿah, t.2, p.931; Imâm Jomeînî, Isiftâ’ât, t.3, p.358, pregs.35 a 41.
[5]– Al-Adlah Al-Mujtalif fiha ‘inda Al-Usûlîn…, p.144.